La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) aprobó nuevos cuadros tarifarios para las prestaciones de servicios extraordinarios realizadas por su personal.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó la Resolución General 5905/2026, mediante la cual se aprobaron los nuevos cuadros tarifarios para las prestaciones que, en carácter de servicios extraordinarios, realiza el personal de este Organismo. Estos servicios están gravados por el artículo 773 del Código Aduanero, cuyo importe debe guardar relación con la retribución de los agentes afectados al control de dichos actos en horas inhábiles.
La actualización de las tarifas se fundamenta en los incrementos salariales establecidos para el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 56/92 (Laudo N° 16/92). La medida entró en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Impacto en el comercio exterior
Aunque se trata de una actualización administrativa de costos laborales, esta resolución puede tener un impacto marginal en los costos operativos de las empresas que requieren servicios aduaneros fuera del horario hábil, como importadores, exportadores y agentes de transporte. La transparencia en la publicación de estos cuadros tarifarios permite a los operadores de comercio exterior planificar mejor sus gastos.
ARCA ajusta procedimientos del Régimen Penal Tributario
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó los procedimientos administrativos para la dispensa de denuncia penal y extinción de la acción penal, en línea con la Ley de Inocencia Fiscal.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) emitió la Disposición 125/2026, que actualiza los procedimientos administrativos para la dispensa de la denuncia penal y la extinción de la acción penal en el marco del Régimen Penal Tributario. Esta adecuación se realiza en respuesta a las modificaciones introducidas por la Ley N° 27.799, conocida como la “Ley de Inocencia Fiscal”.
Impacto de la nueva normativa
La Ley de Inocencia Fiscal modificó aspectos clave de los artículos 16 y 19 del Régimen Penal Tributario. En particular:
Extinción de la acción penal: Ahora está supeditada a la aceptación y cancelación total e incondicional de las obligaciones evadidas, sus intereses y un importe adicional equivalente al 50% de la suma de tales conceptos.
No formulación de denuncia penal: Se incorporaron nuevos supuestos en los cuales el organismo no formulará denuncia penal.
La Disposición 125/2026 aprueba los nuevos procedimientos para ambos casos, brindando mayor previsibilidad y seguridad jurídica a los contribuyentes. La norma entró en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial. Esta actualización es crucial para empresas y personas físicas que puedan enfrentar situaciones de incumplimiento tributario, ya que clarifica las vías para regularizar su situación y evitar consecuencias penales.
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